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Aunque puede haber cambiado desde que pase por la facultad aquí hay un problema por los derechos de explotación reconocido a los intérpretes.
Hay un doble cómputo: (i) desde la interpretación que dura 50 años, (ii) desde la primera publicación o distribución (dentro de los 50 años iniciales), que igualmente dura 50 años.
Ejemplos
1. Grabación inédita de Fleta cantando Calaf en el estreno de Turandot. Los derechos han expirado.
2. Grabación de Caruso de 1912 cantando "La Dolores" y que en 1961 se incluyó por primera vez en un disco conmemoratorio de la Jota. Los derechos de explotación de los herederos de Caruso continuarían hasta el 2011.
3. Grabación de Kraus de 1957 incluida por primera vez en un disco homenaje editado en 2008. Los derechos de explotación han expirado.
En el caso de Pagliacci de 1954, dependerá de si se comercializó o se divulgó en esa fecha o con posterioridad, si se divulgó entre 1959 y el 2004 los derechos de explotación seguirían en vigor.
Sobre el tema del uso lucrativo lo dejamos para otro día o para otro forero más puesto sobre el tema, porque eso creo que sí que ha cambiado desde que dejé la facultad.
Saludos,
M.
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